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Ciudad Autónoma de Buenos Aires, martes 13
de abril de 2010.
Declaración Pública.
Ante proyectos de "Matrimonio homosexual".
Frente a la existencia de proyectos de ley
presentados en la Cámara de Diputados de la
Nación mediante los cuales se pretende
igualar la unión de personas del mismo sexo
con el status jurídico del matrimonio, el
Foro de la Vida y la Familia sostiene que el
matrimonio debe ser celebrado entre un varón
y una mujer, y que dicho status no puede ser
modificado por legislador alguno, puesto que
el matrimonio es una institución de orden
natural, grabada en la inteligencia y en el
corazón humanos y anterior a cualquier ley
positiva.
Asimismo, la naturaleza humana es sexuada, y
se encuentra orientada a la fecundación, y,
por ello, a la prolongación de la especie.
Las diferencias naturales de las personas de
diferente sexo hacen a su complementariedad
y perfeccionamiento.
1. LA FAMILIA.
La familia constituye una célula a la cual
la sociedad ha confiado desde tiempo
inmemorial el desarrollo y la custodia de
los nuevos seres humanos. Logra su
concreción a través del matrimonio. El
matrimonio, a su vez, constituye la unión
más íntima de las que pueden emprender un
varón y una mujer y la mejor garantía de la
formación de sus hijos, que tienen derecho a
nacer amparados por la institución del
matrimonio entendido como unión perpetua
entre varón y mujer que tiende a garantizar
el desarrollo armónico de su personalidad. A
su vez, el bien común depende de las
familias fundadas en verdaderos matrimonios.
Y es esa función de bien común, la que
justifica la regulación especial y
privilegiada que tienen el matrimonio y la
familia.
2. DESTRUCCIÓN DE LA FAMILIA Y EL
MATRIMONIO.
Legalizar la unión de personas homosexuales
debilita el verdadero matrimonio. Mucha
gente piensa que no les afecta que los
homosexuales se casen. Sin embargo, es
evidente que si la institución abarca
cualquier tipo de unión, se entrometen
nociones que le son ajenas, se pierde
confianza en ella y se termina
destruyéndola.
Por otra parte es un error grave pensar que
si se legaliza la unión pretendida, ello no
traerá por consecuencia la adopción. Una vez
que los homosexuales se constituyan en
cónyuges, podrán sin duda adoptar. Y dos
personas del mismo sexo no son idóneas para
criar y educar niños, pues éstos carecerán
del referente masculino paterno o, en su
caso, del referente femenino materno.
Además, legalizar la unión homogámica
implica poner toda la maquinaria educativa
del Estado y la mediática al servicio de los
grupos de presión homosexuales. Se enseñará
en las escuelas que la homosexualidad es
normal (ya hay directivas en tal sentido),
que es bueno tener dos padres o dos madres,
que los niños deben experimentar con su
sexualidad para descubrir qué sexo les atrae
más, etc.
3. ERRORES COMUNES.
Se alega a favor de la igualación de la
unión de personas del mismo sexo u homogamia
con el matrimonio, la necesidad de contar
con una determinada protección jurídica. Es
una falacia, ya que en materia de previsión
social, cada persona homosexual puede
aportar a una caja de jubilaciones y
cobertura médica, y tendrá la protección que
le corresponde a cualquier ciudadano. Sería
in equitativa la pretensión de obtener
pensión como conviviente, ya que también
conviven por ejemplo diversos parientes, sin
que ello otorgue el derecho a pensión de
ninguna naturaleza. Y en cuanto a la
adquisición y disposición de bienes, las
normas jurídicas del condominio y la
sociedad de hecho son suficientes para
proteger económicamente a los convivientes
del mismo sexo.
4. CREENCIA SAGRADA DE MILLONES DE
ARGENTINOS.
Millones de cristianos y judíos guardamos
entre nuestras más sagradas creencias lo que
Dios dijo en el Libro del Génesis:”«Hagamos
al hombre a nuestra imagen, según nuestra
semejanza; y que le estén sometidos los
peces del mar y las aves del cielo, el
ganado, las fieras de la tierra, y todos los
animales que se arrastran por el suelo». Y
Dios creó al hombre a su imagen; lo creó a
imagen de Dios, los creó varón y mujer. Y
los bendijo, diciéndoles: «Sean fecundos,
multiplíquense, llenen la tierra y
sométanla…» (capítulo 1, v. 26, 27 y 28).
Dios ha revelado su obra. Ir contra la
naturaleza creada por Dios traerá funestas
consecuencias.
5. LEGISLACIÓN POSITIVA ARGENTINA.
Los Tratados y Declaraciones internacionales
que integran nuestra Constitución Nacional a
partir de la reforma constitucional del año
1994, sólo reconocen la familia basada en el
matrimonio entendido como la unión entre un
varón y una mujer (Pacto Internacional de
Derechos Civiles y Políticos, art. 23, inc.
2 y Convención Americana sobre Derechos
Humanos “Pacto San José de Costa Rica”, art.
17, incs. 1 y 2, entre otros). Los proyectos
presentados y que se puedan llegar a
presentar son, por ello, contrarios y
completamente incompatibles con la
Constitución Nacional argentina. Además, la
diversidad de sexo es requisito
indispensable según el art. 172 del Código
Civil, por el cual el consentimiento
prestado por personas del mismo sexo tiene
por consecuencia no ya la nulidad sino la
propia inexistencia de matrimonio.
6. CONCLUSIÓN.
Por lo expuesto, este Foro declara que las
uniones de personas homosexuales promovidas
no son ni podrán ser nunca un matrimonio y
que su promoción va lisa y llanamente contra
el bien común y tiende a transformar y
destruir por completo la noción de familia,
por lo que propone que los proyectos que los
avalan y todo otro que se presente sean
desestimados y archivados sin más trámite.
Jorge A. Tavaklian - Presidente FVF
Dr, Jorge García González
Bajar la declaración en formato .pdf

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